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Encabezamiento de la copia del texto remitida por Manuel Casanova al sacerdote Antonio Figuereo |
Es común y sabido que en algunas ocasiones, el reparto de las
herencias, pueden llegar a crear conflictos entre familiares, y que son complejas
de discernir, llegando incluso y en ocasiones,
a requerirse la intervención de la justicia para imponer la ley, más
cuando no existe acuerdo, o no se
respetan las últimas voluntades.
También, en ocasiones suelen aparecer algunos parientes con
poca relación o descendientes indirectos, (sobrinos, primos, amigos etc.) que
pueden reclamar “su parte de la herencia”. La complicación aumenta, cuando no
existe testamento o el difunto no deja descendencia.
El hecho en cuestión que nos trata, es el intercambio de cartas
entre dos isleños, Manuel Reinero Casanova
Zarandieta, quién fuera secretario del Juzgado de Isla Cristina y el Presbítero
Antonio Figuereo Yaque, con motivo de una “herencia” que al parecer, el primero
reclamó en 1906, tras el fallecimiento en 1895 de su tío, el también sacerdote
Práxedes Zarandieta Pérez.
Dichas misivas a las que hemos accedido no tienen desperdicio
por su calidad literaria y su contenido cargado de recelo e ironía.
La primera de ellas está fechada en Isla Cristina, el 7 de
enero de 1906 y firmada por Manuel Casanova, quién afirmaba qué, dada la
insignificancia de la herencia 16,25 Ptas., en un principio quiso renunciar a
ella, pero vista la actitud, las reclamó por el interés en el bien entendido de
su procedencia que era legítima y no admitir bajo concepto alguno que su digno tío,
fuera deudor suyo (el sacerdote Práxedes
Zarandieta), ya fallecido, “que en
Santa Gloría se haya, mientras no lo demuestre en su competente forma”.
Al parecer, el Sr. Casanova, justificaba que al enterarse de
que obraba en poder del Padre Figuereo “alhajas
y otros objetos de aquella pertenencia”, se dispuso como uno de tantos
herederos del finado a gestionar el derecho que según él, le correspondía.
Por el contenido del texto, se denota las diferencias
personales que arrastraban y que dieron a este escrito: “La hidrofobia que en todos tus actos relacionados con mi persona te
devora, ¿es por ventura causa de creerme con autoridad suficiente para haberte
traído de Cura a esta Parroquia, y llevado después a la de Santa Olaya? No, y
mil veces no, pues todo es obra de la Providencia. Valgo yo muy poco para hacer
lo que la mayoría de esta población considera de gran importancia pues de este
modo se ven libres de que dirija la Educación Cristiana, quién no se puede
reprimir los ímpetus contrarios a la bondad mansedumbre de un Ministro del
Señor”. Continuaba diciendo: “Nada no
creas que yo tuviera la menor participación en ello, como ya te dije en cierta
ocasión que tu violento carácter me llamó Caín y de ello te vanagloriaste
cuando yo te perdonaba confesándolo al hoy Eminentísimo Sr. Cardenal”.
Al mismo tiempo dejaba a entrever que esta actitud podía
haber sido alentada por persona de su familia a la que según él, el cura le
había proporcionado un rato de solaz con los chistes que le atribuían, y afirmaba: que llegaría el día que lo
reconociera, que no lo debían haber permitido,
y que todo fuera por amor a Dios.
La respuesta del Padre Antonio a Casanova no se hizo esperar, y al día siguiente el 8 de enero de 1906, remite su escrito desde San Juan del Puerto cargado de ironía “Queridísimo Manolo: He recibido tu grata carta al estilo del Kempes y que como todas tus cosas me edifican por tu piedad y caridad cristiana”, aceptando la decisión de reclamar las 16 Ptas. que le había tocado en la herencia de su tío Don Práxedes “al fin tendrás un recuerdo del que tanto te quiso y de mí que tanto te quiero” .
Por su respuesta, intuimos, que (las alhajas y otros objetos de aquella pertenencia) a las que Casanova se refería, no eran otras
que la píxide o ciborio que Don Práxedes usaba en sus misas. “El Cáliz que por iniciativa de tu prima
Pilar me regalaron para que aplicara
misa por el alma del difunto cura, las
misas de San Gregorio, las misas cantadas de todos los meses, ese Cáliz te
repito lo pongo ahora a tu disposición por si alguno de tus hijos quiere seguir
la carrera de la iglesia (Dios lo permita) porque si salen al padre serían
Apóstoles que es lo que se necesita en estos calamitosos tiempos, sacerdotes
santos hijos de padre santo de carácter dócil, de índole humilde, benéfico,
caritativo que todo lo da a los pobres”.
Al mismo tiempo, respecto a su salida de la Parroquia, afirmaba
que decía muy bien que su salida fue
providencial, porque hasta entonces no se vieron libres los pobres de Isla
Cristina de tener que pagar hasta doscientos reales por mi consejo paterno, “y que
tú, en tus entrañas de padre de los
pobres y buen cristiano lamentabas en lo más hondo de tu pecho”, y le informaba, que con esta fecha le escribía también a su
primo Diego para que le entregara esas pesetas que habían querido dejarle y las
repartiera entre los pobres de su antigua Parroquia de La Redondela, “donde tú tanto bien haces, dónde tanto te
quieren, donde tienes un altar en cada corazón y un tabernáculo en cada pecho, donde tu memoria será eterna debido a tu caridad
inagotable como el océano”.
Concluye con un deseo: “Adiós
Manuel, consérvate bueno, mis cariñosos recuerdos a todos los tuyos y encomendándome
a tus oraciones más poderosas, que los brazos de Moisés manda a tu Afmo. SS y
humilde capellán”.
Algunos detalles nos llaman la atención en este conflicto personal y que ha quedado plasmado en las
comunicaciones que se intercambiaron, así como la rapidez del sacerdote a
responder en menos de 24 horas dado los tiempos que corrían, posiblemente, se le hubiera entregado en mano en Isla
Cristina y la respondiera, ya desde San
Juan del Puerto, al día siguiente, donde
ejercía como párroco.
No deja de ser una anécdota y que según las anotaciones que
hemos podido recabar por una tercera persona1, el conflicto pudo surgir, cuando el mismo año del fallecimiento del
Padre Práxedes Zarandieta en 1895, el Rvdo. Padre Antonio Figuereo, predicó la
misa en la función en honor de los Dolores de Isla Cristina y el Sr. Manuel
Casanova, lo acusó de quedarse con los derechos del sermón que él los
consideraba suyos así como el importe económico.
1.- Copia de las cartas, así como la anotación, que guarda uno
de los descendientes de la tercera
persona que las custodió.